Las perreras de Madrid más cerca del sacrificio 'cero'
21/10/2015
La Comunidad de Madrid ha comenzado un anteproyecto de ley para la protección de los animales de compañía, cuya principal reforma es prohibir el sacrificio de animales abandonados. Con esa tramitación Madrid está más cerca de conseguir el sacrificio 'cero'. Las propuestas del Consejo de Gobierno también incluyen sanciones económicas más duras ante casos de violación de derechos de los animales, exactamente el doble que la ley vigente de 1990. Las sanciones no se aplicarán ni a espectáculos taurinos, ni a la fauna silvestre, ya que cuentan con su propia regulación. Se prohíben también los campeonatos de tiro a pichón, excepto en algunos casos autorizados por sociedades de tiro.
La propuesta de ley prohíbe el sacrificio de mascotas abandonadas y duplica el valor de las sanciones por atentar contra los derechos de los animales
España es un país con unas tasas altas de abandono de mascotas. Según la Fundación Affinity en 2014 fueron abandonados más de 140.000 gatos y perros, lo que supone que las protectoras españolas recogerían un animal cada cinco minutos. Las causas más comunes de abandono son los motivos económicos, un 16% del total, un 13% se deben a camadas no deseadas, un mal comportamiento del animal de compañía supone un 12% de los casos de abandono, y un 9% se asocia a la pérdida de interés en el perro o gato.
Sanciones económicas más duras
Las sanciones están clasificadas según su magnitud como muy graves, graves y leves, y cada una de ellas tiene un coste económico que se ha duplicado con el nuevo proyecto de ley.
Las sanciones muy graves serán penalizadas con multas entre los 6.001 euros hasta los 30.000 euros. Estas penalizaciones se impondrán en casos como:
- El abandono o maltrato del animal.
- La inducción a conductas violentas o su preparación para participar en peleas con otros animales.
- El asesinato o mutilación del animal.
- La negativa a facilitar los datos de la mascota.
- Cuando se impida la cuarentena por algún motivo del animal.
Las sanciones graves irán desde los 1.501 euros hasta los 6.000 euros dependiendo de la magnitud de los hechos. Se aplicarán cuando:
- Los dueños no cuiden o protejan a su mascota correctamente.
- En caso de que se le suministren sustancias al animal para alterar su carácter.
- Cuando no se evite la reproducción descontrolada.
- Cuando se mantenga a la mascota atada de forma prolongada o en condiciones que le provoquen sufrimiento.
- Ante la cría y venta sin autorización.
- En casos de utilización de las mascotas como reclamo publicitario.
Por último, las sanciones leves, que oscilan entre los 300 y los 1.500 euros, se impondrán cuando:
- No se recojan los excrementos de los animales.
- No se haya comunicado su extravío o muerte.
- Cuando se utilicen las mascotas para mendigar.
- Se regalen animales como premio o recompensa.
También se prohíbe tener animales sin identificación, utilizarlos en carruseles de ferias o similares, mantener en vehículos parados y sin ventilación o en los maleteros. Se sancionará a los dueños que mantengan a sus mascotas en balcones, terrazas o jardines durante la noche, y también a aquellos que los lleven con collares de pinchos, que ahorquen, o eléctricos. Por último, se podrán imponer multas de hasta 6.000 euros a los propietarios de perros que molesten continuamente a los vecinos.
Actualizado: 25 de febrero de 2016