Aspectos legales a tener en cuenta ante el atropello de un animal
Actualizado: 29 de julio de 2022
Pese a respetar las normas de circulación y a extremar las precauciones al volante, es posible que en algún momento nos encontremos con un accidente de tráfico en el que haya un animal o animales involucrados. O puede que, sin querer, nos convirtamos en testigos de algún atropello por parte de un tercero.
Según la DGT, casi la mitad de los conductores se han encontrado en algún momento con algún percance con un animal en carretera, y destaca que la mayoría de accidentes en los que hay animales implicados ocurren porque los conductores han colisionado o se han salido de la vía por intentar esquivar al animal que se ha cruzado en su camino; la mayoría de ellos silvestres, o animales domésticos abandonados. Las comunidades de Galicia, Castilla y León, Cataluña y Aragón encabezan las regiones en las que más se producen este tipo de accidentes.
Además de las diferencias en cuanto a las cifras de los atropellos en función del animal, diferenciando entre silvestre y doméstico, encontramos disparidades a nivel legal. Desde la aprobación de la Ley 6/2014, que regula la responsabilidad por atropellos de especies cinegéticas, el conductor es el responsable y debe responder por el atropello del animal, así como por los daños que el accidente pudiera ocasionar a terceros, a los elementos de señalización de la vía, o a la propia carretera. La responsabilidad se extiende incluso en el caso de que se haya producido un accidente, sin haber infringido ninguna norma de tráfico, por evitar el atropellamiento, y que ningún animal haya salido herido.
Eso sí, también debemos tener en cuenta que la ley marca dos excepciones claras en las que se exime de culpa al conductor: por un lado, si ha habido actividad de caza 12 horas antes del accidente, en cuyo caso será el propietario del coto privado de caza el responsable de sufragar los gastos ocasionados (en España hay más de 30.000 cotos); por otro, si el motivo del atropello o accidente ha sido una valla rota en una zona de probabilidad de atropellos, o si la vía no disponía de la señalización adecuada. En ambos casos, será la Administración quien se haga cargo.
Responsabilidad en caso de atropello de animales domésticos
Cuando hablamos de animales domésticos, la cosa cambia. Teniendo en cuenta que estos animales dependen de los cuidados y protección de una persona, ésta sería la responsable en caso de accidente de los daños ocasionados por el siniestro, en el caso de que el animal se escapara y provocara un accidente. Si el atropello se produjera por una infracción del conductor, entonces sí sería él o, mejor dicho, la compañía aseguradora, quien tuviera que costear la asistencia veterinaria del animal.
En caso de fallecimiento del animal, la indemnización a recibir será la relacionada al coste de adquisición de la mascota, y si por ejemplo ha sido adoptado, o se le ha dado acogida, la aseguradora solo abonará el posible valor de mercado de la mascota, y lo mismo en caso de sufrir secuelas como consecuencia del accidente.
Creado: 20 de julio de 2018